🪪 El primer paso para facturar
e-Tax 2.0 · DGI Panamá

RUC y NIT en Panamá

Sin RUC no puedes facturar, declarar impuestos ni emitir comprobantes fiscales. Te inscribo ante la DGI con la actividad económica correcta desde el primer día.

Personas naturales y sociedades · CPA Licencia No. 0648-2021 · Consulta inicial gratuita

B/.0
Cuesta la inscripción
aprox. 2 a 6 días
Referencia DGI, persona natural
6+
Años de experiencia

Inscribirse en el RUC no cuesta nada ante la DGI

Lo caro es hacerlo mal: una actividad económica mal declarada te deja con obligaciones que no te tocan, o sin registrar una que sí. Eso se corrige después, y con multas de por medio.

Revisar mi caso
Qué es

Tu identidad fiscal

El RUC (Registro Único de Contribuyente) es el número con el que la DGI te identifica. Todo lo que declares, factures o pagues queda asociado a él. Es lo primero que necesitas para existir formalmente ante el fisco panameño.

Va siempre acompañado del DV (Dígito Verificador), un par de números que la DGI asigna para validarlo. Siempre verás el RUC y el DV juntos.

Si eres persona natural panameña, tu RUC se construye a partir de tu número de cédula. No te asignan un número nuevo: se activa tu identificación como contribuyente.

Los tres números, sin confusión

RUC

Registro Único de Contribuyente

Tu número ante la DGI. Para personas naturales, tu cédula.

DV

Dígito Verificador

Par de números que valida tu RUC. Van siempre juntos.

NIT

Número de Identificación Tributaria

Tu clave de acceso para entrar a e-Tax 2.0 y declarar.

No son tres resultados simultáneos: primero se inscribe y aprueba el RUC, con su DV cuando corresponde, y el NIT se genera después sobre esa inscripción.

Por qué delegarlo

El trámite es simple. Las consecuencias, no

La actividad económica correcta desde el inicio

Declarar una actividad que no corresponde a lo que realmente haces te genera obligaciones que no te tocan, o te deja sin registrar una que sí. Es el error más caro de corregir después.

Registrado como agente de ITBMS solo si te toca

Superar el umbral de ingresos sin registrarte acumula multas. Registrarte sin necesitarlo te obliga a declarar todos los meses. Revisamos tu caso antes de inscribirte.

Del RUC al acceso a e-Tax, en orden

Primero la inscripción y aprobación del RUC, con su dígito verificador cuando corresponde. El NIT se genera después, una vez que existe la inscripción. Te acompaño en los dos pasos para que no te quedes a medias.

Personas naturales y sociedades

Para una persona natural panameña, la cédula suele ser el documento base. En extranjeros, la DGI solicita documentación adicional según el tipo de inscripción y la situación del contribuyente. Para sociedades hace falta el pacto social inscrito en el Registro Público y los datos del representante legal. Me encargo de los tres casos.

Así funciona

De la duda al RUC en 4 pasos

01

Revisamos tu caso por WhatsApp

Qué actividad vas a ejercer, si esperas facturar por encima del umbral del ITBMS y si eres persona natural o sociedad. De aquí sale cómo hay que inscribirte.

02

Reúnes los documentos

Persona natural: cédula vigente. Si eres extranjero, los requisitos dependen del tipo de inscripción y de tu situación: pasaporte o carné y, según corresponda, movimiento migratorio y evidencia de ingresos gravables. Sociedad: pacto social, certificado del Registro Público y datos del representante legal.

03

Gestiono la inscripción en e-Tax 2.0

Registro tus datos y tu actividad económica en el portal de la DGI, y el sistema genera tu RUC con su DV. Aquí es donde se decide qué obligaciones quedan asociadas a tu número.

04

Y después, el acceso a e-Tax

Con la inscripción aprobada se genera el NIT, que es la credencial para entrar al portal. Si vas a emitir factura electrónica, te oriento sobre el PAC que corresponde a tu actividad.

Lo que veo a diario

Los 4 errores que cuestan dinero

  • 01

    Declarar una actividad económica que no corresponde a lo que realmente haces.

  • 02

    No registrarse como agente de ITBMS cuando ya se superó el umbral de ingresos.

  • 03

    Dejar el RUC inactivo y no presentar declaraciones, lo que acumula multas.

  • 04

    No actualizar los datos al cambiar de actividad o de dirección.

Que lo revise un CPA

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Preguntas frecuentes

Todo sobre el RUC en Panamá

¿Qué es el RUC en Panamá?

El RUC (Registro Único de Contribuyente) es el número con el que la Dirección General de Ingresos te identifica como contribuyente. Todo lo que declares, factures o pagues queda asociado a ese número. Va siempre acompañado del DV (Dígito Verificador), un par de números que la DGI asigna para validarlo.

¿Quién necesita RUC en Panamá?

Las personas naturales que generan ingresos por cuenta propia (profesionales independientes, freelancers, comerciantes, arrendadores), las personas jurídicas (sociedades anónimas, S.R.L., fundaciones y cualquier entidad con actividad económica) y, en general, cualquiera que deba emitir factura fiscal o presentar declaraciones ante la DGI.

Soy asalariado, ¿necesito RUC?

Si tu único ingreso es tu salario, normalmente tu empleador maneja tus retenciones y no necesitas gestionar un RUC por tu cuenta. Ahora bien, en el momento en que empiezas a facturar por fuera de tu empleo, sí lo requieres.

¿Cuál es mi RUC si soy persona natural?

Para las personas naturales panameñas el RUC se construye a partir del número de cédula: tu RUC suele ser tu cédula con su correspondiente DV. No te asignan un número nuevo, sino que se activa tu identificación como contribuyente. Los extranjeros se identifican a partir del número de su documento, y sus requisitos dependen del tipo de inscripción y de la situación particular: pasaporte o carné y, según corresponda, movimiento migratorio y evidencia de ingresos gravables.

¿Cuánto cuesta inscribirse en el RUC?

La inscripción en el RUC ante la DGI no tiene costo. Lo que se cobra es el acompañamiento profesional para hacerlo correctamente: definir bien la actividad económica y las obligaciones que quedan asociadas a tu número. Escríbeme y te digo qué aplica en tu caso.

¿Cuánto tarda el trámite?

Depende de quién se inscribe. Para persona natural, cuyo trámite queda sujeto a revisión, la DGI publica como referencia aproximadamente 2 a 6 días hábiles. Para persona jurídica, el directorio de trámites de la DGI indica aprobación automática al presentar la solicitud. Las dos páginas oficiales no describen el proceso de la misma forma, así que conviene no darlo por garantizado. Para sociedades sigue haciendo falta el pacto social ya inscrito en el Registro Público. No te prometo un plazo menor que el oficial: lo que sí controlo es que el expediente vaya completo a la primera.

¿Qué diferencia hay entre RUC y NIT?

El RUC es tu número de identificación como contribuyente ante la DGI. El NIT (Número de Identificación Tributaria) funciona como la clave de acceso que necesitas para entrar al portal e-Tax 2.0 y poder declarar. No salen a la vez: primero se inscribe y aprueba el RUC, y el NIT se genera después sobre esa inscripción.

Ya tengo RUC pero nunca he declarado, ¿qué hago?

Un RUC inactivo sin declaraciones presentadas va acumulando multas. Lo primero es revisar qué períodos están pendientes y calcular la situación real antes de que crezca. Escríbeme y lo revisamos sin compromiso.

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